Pandemia en la provincia: vuelven los comercios hasta las 17 y los bares con clientes

Tras los 9 días de confinamiento establecido por el gobierno nacional, desde este lunes 31 de mayo rige un decreto provincial con horarios más flexibles y nuevas habilitaciones para todo el territorio santafesino. Los detalles.

Desde este lunes 31 mayo y hasta el próximo viernes están en vigencia las medidas del último decreto que había publicado el gobernador Omar Perotti para toda la provincia.

Vale aclarar que el fin de semana que viene (5 y 6 de junio) volverá a regir el confinamiento más estricto que determinó el presidente Alberto Fernández para los últimos 9 días. Es decir que las medidas provinciales se aplicarán hasta el viernes inclusive.

De acuerdo a las nuevas resoluciones, se establece la restricción de la circulación vehicular de toda persona que no realice actividades autorizadas. Podrán circular en auto solo quienes cumplan con su actividad laboral, y quienes estén debidamente justificadas por una situación de fuerza mayor (incluyendo asistencia médica, farmacéutica y cuidado de personas).

El resto de la población podrá movilizarse en transporte público o caminando.

Además, se prohíben los encuentros sociales y familiares en lugares cerrados o al aire libre, y se establece la suspensión de la actividad comercial en centros comerciales, paseos, shoppings y establecimientos afines. Los locales gastronómicos podrán funcionar de 6 a 19 recibiendo público, y hasta las 23 en modalidad delivery.

Los comercios podrán abrir hasta las 17 y hasta las 19 si son de alimentos, con acceso de clientes respetando los protocolos y cuidados correspondientes.

Las clases continuarán bajo la modalidad virtual, aunque los docentes sí pueden concurrir a los establecimientos educativos, ya sea para dictar clases virtuales desde allí o realizar otras tareas.

También se interrumpe de forma total la práctica de deportes grupales de contacto (al aire libre y en espacios cerrados), y las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur, no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales.

Tampoco podrán funcionar clubes, gimnasios y otros establecimientos afines, incluidas las actividades al aire libre. Actividades náuticas, pesca deportiva y recreativa en modalidad costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de guarderías náuticas.